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Título : Necesidad de endurecer las sanciones Para las personas que conducen vehículos Con llantas en mal estado, refórmese el Artículo 383 del código orgánico integral Penal
Autor : ORTEGA CEVALLOS, MARCO VINICIO
OJEDA SÁNCHEZ, CAROLINA ELIZABETH
Palabras clave : DERECHO
ENDURECER LAS SANCIONES
Fecha de publicación : 2017
Resumen : El Código Orgánico Integral Penal, en el Título I, que se refiere a La Infracción Penal en General, específicamente en su artículo 18 señala: “Infracción Penal.- Es la conducta típica, antijurídica y culpable cuya sanción se encuentra prevista en este Código”. El art. 19 del mismo cuerpo legal, señala: “Clasificación de las infracciones.- las infracciones se clasifican en delitos y contravenciones”. Delito, es: “La Acción que va en contra de lo establecido por la ley y que es castigada por ella con una pena grave”. El tratadista Guillermo Cabanellas, en su Diccionario Jurídico Elemental, señala que: “contravención es la falta que se comete al no cumplir lo ordenado. Así mismo, Manuel Sánchez Zuraty, en su Diccionario Básico de Derecho, señala que: “contravención es el acto contrario a una norma jurídica o mandato”3. Como podemos darnos cuenta, la diferencia entre delito y contravención, se basa en la gravedad del hecho. Finalmente el Art. 371 del citado cuerpo legal, señala: Infracciones de tránsito.- Son infracciones de tránsito las acciones u omisiones culposas producidas en el ámbito del transporte y seguridad vial. De todo lo citado, podemos convenir en que la terminología “contravención” se utiliza para designar a aquellos actos que van en contra de las leyes o lo legalmente establecido; y, que su castigo o sanción es más leve que cuando se comete un delito, y que por lo general no suele ser la privación de la libertad si no sanciones pecuniarias, trabajo comunitario o la pérdida de ciertos derechos relacionados con la actividad que se llevaba a cabo al momento de realizar la contravención tales como la pérdida de puntos o suspensión de la licencia de conducir, entre otras. Sin embargo, creo conveniente que se establezca una sanción más drástica al Art. 383 del Código Orgánico Integral Penal que señala: “La persona que conduzca un vehículo cuyas llantas se encuentren lisas o en mal estado, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a quince días y disminución de cinco puntos en la licencia de conducir. En caso de transporte público, la pena será el doble de la prevista en el inciso anterior. Además, se retendrá el vehículo hasta superar la causa de la infracción”. Como se puede observar, la sanción por conducir un vehículo con llantas lisas, a mi parecer es muy leve, por cuanto puede ocasionar un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas, infringiendo así un deber objetivo de cuidado, por lo que al endurecer la sanción se estaría evitando la imprudencia de muchos conductores de manejar vehículos con llantas lisas, evitando tanto daños materiales, lesiones o inclusive la muerte de una o varias personas, lo que significaría que ya no se estaría cometiendo una contravención sino un delito.
Descripción : The Integral Criminal Code, in Title I, which refers to General Criminal Infringement, specifically in its article 18 states: "Criminal Infringement .- It is the typical behavior, unlawful and guilty whose sanction is provided for in this Code" The art. 19 of the same legal body, states: "Classification of infractions.- infractions are classified as crimes and contraventions". Crime, is: "Action that goes against what is established by law and is punished by it with a serious penalty." The tratadista Guillermo Cabanellas, in his Legal Dictionary Elemental, states that: "contravention is the fault that is committed by not complying with what is ordered. Transgression of the law. " Also, Manuel Sánchez Zuraty, in his Basic Law Dictionary, states that: "contravention is the act contrary to a legal norm or mandate." As we can realize, the difference between crime and contravention, is based on the seriousness of the fact. Finally, Article 371 of the aforementioned legal body, states: Traffic violations.- Traffic violations are acts or omissions committed in the field of transportation and road safety. From all of the above, we can agree that the terminology "contravention" is used to designate those acts that go against the laws or what is legally established; And that its punishment or punishment is lighter than when a crime is committed, and that usually it is not usually the deprivation of liberty if not pecuniary sanctions, community work or the loss of certain rights related to the activity that was carried Out at the time of the contravention such as loss of points or suspension of the driver's license, among others. However, I think it is appropriate to establish a more drastic sanction to Article 383 of the Comprehensive Criminal Organic Code that states: "The person who drives a vehicle whose tires are flat or in poor condition, will be punished with imprisonment of five To fifteen days and reduction of five points in the driver's license. In case of public transport, the penalty will be twice that provided for in the previous section. In addition, the vehicle will be retained until the cause of the violation is exceeded. "As you can see, the penalty for driving a vehicle with smooth tires, in my opinion is very slight, because it can cause a traffic accident that results in the death of one or more people, thus infringing an objective duty of care, for Which, by hardening the penalty, would be avoiding the recklessness of many drivers of handling vehicles with smooth tires, avoiding both material damages, injuries or even the death of one or more persons, which would mean that a contravention would no longer be committed but a crime.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/19776
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