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Título : INOBSERVANCIA DEL PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO EXPEDITO PARA LA CONTRAVENCIÓN CONTRA LA MUJER O MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR
Autor : Aranda Peñarreta, Fausto Noè
CUEVA BUSTAMANTE, YURI FERNANDO
Palabras clave : DERECHO
CONTRAVENCIÓN
MUJER
NÙCLEO FAMILIAR
Fecha de publicación : 2017
Editorial : Loja, 7 de noviembre
Resumen : El tema de investigación lleva por título; “INOBSERVANCIA DEL PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO EXPEDITO PARA LA CONTRAVENCIÓN CONTRA LA MUJER O MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR”. Tema de actualidad, trascendente que es importante investigar y es producto de una meticulosa investigación al interrogante en cuanto a los Informes del Equipo Técnico, que vulneran el debido proceso penal, legítima defensa y la contradicción que se viene dando en los procedimientos expeditos de contravenciones intrafamiliares, para que exista una normativa jurídica acorde con lo que ordena la Constitución y a la trasformación de la sociedad. Este trabajo de tesis previa a optar del grado de licenciado en jurisprudencia y título de abogado, es el resultado de un estudio sistemático de un problema de gran relevancia en el campo penal, siendo necesario que la normativa vigente del Código Orgánico Integral Penal, se reforme permitiendo garantizar la integridad de los derechos de las personas. Tanto la Constitución como tratados y convenios internacionales y el Código Orgánico Integral Penal, garantizan el derecho a la contradicción de pruebas en el juzgamiento penal, sin embargo, este derecho es limitado con la disposición del Artículo. 643 numeral.15 del Código Orgánico Integral Penal. Que señala: “Las y los profesionales que actúan en las oficinas técnicas de los juzgados de violencia contra la mujer y la familia no requieren rendir testimonio en audiencia. Sus 3 informes se remitirán a la o el juzgador a fin de incorporarlos al proceso, y serán valorados en la audiencia”. Este artículo vulnera derechos porque los informes de los profesionales de dichos juzgados no se presentan en audiencia de juicio a sustentar de manera oral sus informes, transgrediendo el debido proceso, el principio de contradicción por ende al derecho a la defensa del demandado. Por lo que existe una congruencia con lo que manda la Constitución y el Código Orgánico Integral Penal debemos recordar que las pruebas obtenidas o actuadas con desobediencia de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna. Hay que tener presente la supremacía y jerarquía constitucional con respecto a todas las demás leyes y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica, además todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a lo que establece la Constitución. No podrá alegarse falta de ley o desconocimiento de la norma para justificar la vulneración de los derechos y garantías establecidos en la norma suprema. Por lo expuesto considero que debe cumplirse la supremacía constitucional y reformar la contradicción jurídica que genera el régimen penal en el caso del procedimiento expedito de violencia intrafamiliar, con la finalidad que se permita cumplir con el principio constitucional de contradicción obligando a los profesionales que emitieron informe estén presentes en las audiencia y puedan ser interrogados y contrainterrogados.El contenido del trabajo de tesis ha sido posible su desarrollo por haber contado con el suficiente material bibliográfico de autores nacionales y extranjeros que contribuyeron para completar la revisión de la literatura, así como las técnicas de la entrevista y encuesta me ayudaron a conseguir resultados favorables para mi tabulación de campo, información que fue procesada para llegar a verificar mis objetivos y contrastar mi hipótesis, con esto me permitió fundamentar mi propuesta de reforma al Código Orgánico Integral Penal, presentar la conclusiones y recomendaciones y finalmente elaborar mi proyecto de reforma al régimen penal ecuatoriano dentro de las contravenciones de violencia intrafamiliar, logrando culminar con éxito mi trabajo de tesis.
Descripción : The research topic is by title; "INOBSERVANCE OF THE PRINCIPLE OF CONTRADICTION IN THE EXPEDITED PROCEDURE FOR THE CONTRAVENTION AGAINST WOMEN OR MEMBERS OF THE FAMILY NUCLEUS". Current issue, important that is important to investigate and is the product of a meticulous investigation to the question regarding the Reports of the Technical Team, which violate due process criminal, legitimate defense and the contradiction that is occurring in the expedited procedures of intrafamily contraventions, so that there is a legal regulation in accordance with what is mandated by the Constitution and the transformation of society. This thesis work prior to choosing the degree of lawyer in jurisprudence and title of lawyer, is the result of a systematic study of a problem of great relevance in the criminal field, being necessary that the current legislation of the Integrated Organic Criminal Code, be reformed ensuring the integrity of the rights of individuals. Both the Constitution and international treaties and conventions and the Comprehensive Criminal Organic Code, guarantee the right to the contradiction of evidence in the criminal trial, however, this right is limited with the provision of the Article. 643 numeral. 15 of the Integrated Criminal Code. It states: "The professionals who work in the technical offices of the courts of violence against women and the family do not need to give testimony in hearing. Your reports will be forwarded to the court or court to incorporate them into the process, and will be assessed at the hearing. " This article violates rights because the reports of the professionals of said courts do not appear in hearing of judgment to support orally their reports, transgressing the due process, the principle of contradiction therefore to the right to defend the defendant. As there is a consistency with what is mandated by the Constitution and the Comprehensive Criminal Organic Code we must remember that evidence obtained or acted with disobedience of the Constitution or the law will have no 6 validity. We must keep in mind the supremacy and constitutional hierarchy with respect to all other laws and prevail over any other of the legal system. The norms and acts of the public power must maintain conformity with the constitutional provisions; otherwise they will not have legal effect, in addition all the people, authorities and institutions are subject to what the Constitution establishes. A lack of law or ignorance of the rule can not be claimed to justify the violation of the rights and guarantees established in the supreme norm. Therefore, I consider that the constitutional supremacy must be fulfilled and the legal contradiction that generates the criminal regime in the case of the expedited procedure of intrafamily violence must be fulfilled, in order to comply with the constitutional principle of contradiction, forcing the professionals who issued a report are present at the hearing and can be questioned and cross-examined. The content of the thesis work has been possible because it has had enough bibliographic material from national and foreign authors that contributed to complete the review of the literature, as well as the techniques of the interview and survey helped me to achieve favorable results for my tabulation of the field, information that was processed to verify my objectives and contrast my hypothesis, with this allowed me to base my proposal for reform of the Integrated Organic Code, to present the conclusions and recommendations and finally to prepare my draft reform to the criminal regime Ecuadorian within the contraventions of intrafamily violence, successfully completing my thesis work.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/19703
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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