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Título : Limitaciones a la intervención estatal en la correspondencia personal, en salvedad al derecho a la dignidad e intimidad personal
Autor : Mogrovejo Jaramillo, Luis Alfredo
Costa Kosta, Manuel Eliseo
Palabras clave : DERECHO
LIMITACIONES INTERVENCIÓN ESTATAL CORRESPONDENCIA
PERSONAL, EN SALVEDAD AL DERECHO
A LA DIGNIDAD E INTIMIDAD PERSONAL
Fecha de publicación : 2017
Editorial : Loja, 15 de Febrero
Resumen : Las comunicaciones entre personas, poseen en si un carácter íntimo, indistintamente del contenido de la misma, dependiendo de su emisión, estas pueden ser de carácter privado. Por lo tanto en defensa de este carácter personal es de carácter fundamental el derecho al secreto de correspondencia, considerando esta cualidad íntima y privacidad al poseer información que únicamente puede ser apreciada por el receptor Siendo la dignidad un derecho que toda persona posee y seria afectado de conocerse dicha información de carácter íntimo y privado, ya que la dignidad se encuentra ampliamente vinculada al honor, consecuentemente existen acciones que si bien no son ilegales, pueden llegar a ser contrarias a la moral, de tal forma que quien emite la correspondencia prefiere mantener en secreto. Es así que el Estado, al intervenir las comunicaciones conforme lo prestablece el Código Orgánico Integral Penal, en todas las causas, genera un ambiente de inseguridad jurídica, al contrariar una norma de orden jerárquico superior como la constitución, por lo tanto se torna necesario el establecer limitantes a la intervenir las comunicaciones a ciertos delitos que en efecto establezcan una necesidad real, generando un beneficio para toda la sociedad y la estructura Estatal
Descripción : The Communications between people possess an intimate character itself, regardless of the content of it, depending on their issue, these can be private. So in defense of this personal information it is issued as standard fundamental nature of the right to secrecy of correspondence, considering this private and intimate quality to possess information that the issuer does not want it to be public, putting her knowledge only of the person who is oriented correspondence. It is dignity a right that every person possesses and which would be affected to know such information private and intimate nature, since dignity is widely linked to honor, and therefore some actions that, while not illegal, may become contrary to morality, so that whoever issues the correspondence prefers to keep secret. Thus the state, by intervening communications under the prestablece the Code of Integral Penal, in all cases, creates an environment of legal uncertainty, to counteract a standard of superior order and the constitution, therefore it becomes necessary establish limitations on this power to intervene communications to certain crimes that indeed establish a real need, generating a benefit for society and the State structure
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/18381
Aparece en las colecciones: TRABAJOS DE TITULACION FJSA

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