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Título : Necesidad de imputar a los adolescentes infractores en los delitos de homicidio y asesinato, debido a la ineficacia de las medidas socio-educativas aplicadas en el código de la niñez y la adolescencia
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Hurtado Paez, Marlene Esperanza
Palabras clave : DERECHO
IMPUTAR A LOS ADOLESCENTES
INFRACTORES
DELITOS DE HOMICIDIO Y ASESINATO
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
Fecha de publicación : 2015
Resumen : La sociedad ecuatoriana tiene el criterio generalizado que la justicia y su aplicación es uno de los factores negativos de la sociedad, esto hace que siempre se critique y se cuestione su funcionamiento, piden que se dicten leyes adecuadas y objetivas en concordancia con la realidad social que vivimos y se sancione apropiadamente a quienes cometen delitos con severidad y sin dilaciones. La Constitución de la República del Ecuador dispone como deberes y responsabilidades de los ecuatorianos en el Art. 83 numeral 5: “Respetar los derechos humanos y luchar por su cumplimiento”1 garantizando su libre ejercicio para el pleno desenvolvimiento moral y material que deriva de la naturaleza de las personas. Además en su Art. 66 establece el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la integridad personal prohibiendo la violencia en todas sus expresiones y el derecho a una calidad de vida en todos los aspectos en beneficio de todas las personas. El Código de la Niñez y la Adolescencia, en su Art. 305 dispone: “Los adolescentes son penalmente inimputables y, por tanto, no serán juzgados por jueces penales ordinarios ni se les aplicarán las sanciones previstas en las leyes penales”2. De igual manera el Art 306 del mismo cuerpo de ley manifiesta: “Los 1 CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008, Corporación de Estudios y Publicaciones, Pág. 20. 2 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, Corporación de Estudios y Publicaciones, Pág. 84. adolescentes que cometan infracciones tipificadas en la ley penal estarán sujetos a medidas socio-educativas por su responsabilidad de acuerdo con los preceptos del presente Código”3, imponiendo de esta manera sanciones limitadas y generales a todas las infracciones, sin tomar en cuenta de que se traten del cometimiento de delitos como el homicidio o el asesinato, por lo cual es imperativo que se realice un endurecimiento de la respuesta estatal contra los menores. El Código de la Niñez y la Adolescencia regula el comportamiento conductivo de los menores, el no reconocerles ninguna responsabilidad penal permite que dichos menores puedan cometer actos delictivos sin recibir las sanciones que merecen por ellas. Es por esto que los delitos cometidos por adolescentes, han aumentado de forma alarmante en los últimos tiempos en nuestro país, convirtiéndose en un problema de carácter social que cada vez genera mayor preocupación, tanto por su incremento cuantitativo, como por su progresiva peligrosidad cualitativa. Esta acción delincuencial se ha convertido en una característica de sociedades que no han alcanzado un cierto nivel de prosperidad por diversos factores, sean estos económicos, migratorios, y sobre todo el educativo Además al conocer el proteccionismo que les entrega el Estado y las Leyes, es comprensible que los menores actúen en forma muchas veces equivocada, yéndose contra las normas que rigen la sociedad. Todas las infracciones que cometen los menores están amparadas y supeditadas a leyes especiales como 3 IBIDEM, Obra Citada. el Código de la Niñez y Adolescencia, siendo este el que sanciona con medidas socio-educativas, las que en realidad no logran cumplir con el propósito para el que fueron creadas, no se logra la rehabilitación para los menores infractores por algunas circunstancias como la inexistencia de centros de rehabilitación para menores y la falta de personal especializado en su rehabilitación y reinserción en la sociedad. Los adolescentes que conocen la protección que otorga el Estado y enterados de que no van a recibir condena penal por el delito cometido, no evitarán cometer agresiones a otras personas. Por ello tomando en consideración muchos aspectos de convivencia, sociales, culturales y jurídicos es necesario que se reforme el Código de la Niñez y la Adolescencia en lo pertinente a las sanciones que reciben los adolescentes por infracciones cometidas a las leyes penales como el asesinato y el homicidio, las cuales no deben ser consideradas como faltas conductuales sino como hechos delictivos sancionándolos con la igualdad de las leyes penales, puesto que los adolescentes de 16 a 18 años merecen ser tratados penalmente como adultos porque a esa edad tienen conciencia y voluntad de lo que hacen. Así como la protección de los derechos de los adolescentes es un imperativo del Estado, también lo es el cumplimiento de sus deberes. Con estas medidas no se va a solucionar el problema conflictivo de las infracciones de los menores, lo que se pretende es bajar el nivel de cometimiento de dichas transgresiones, de una manera preventiva, puesto que al tener conocimiento de que van a ser sancionados drásticamente, mejoraran en su comportamiento y relaciones con la sociedad a la cual pertenecen, así el Estado asume su obligación de precautelar la vida de todos los ciudadanos.
Descripción : Ecuadorian societyhas thegeneral viewthat justice andits implementationis one of thenegative factorsof society, this makes alwayscriticizeand its operationis in doubt,askappropriate andobjective lawsareenactedin accordance withthe social realityliveand appropriatelypunishseverelythose who commitcrimeswithoutdelay. The Constitution of theRepublic ofEcuadorhasas dutiesand responsibilitiesof Ecuadoriansin Article83paragraph5:."Respect for human rights and fight for theircompliance"guaranteeing freeexercise tothe fullmoral and material developmentthat derivesfrom naturepeople.Alsoin Art.66establishes the rightto inviolabilityof life, personal integrityprohibitingviolencein all its formsand the right toa quality of lifein all respectsfor the benefit ofall people..TheCode of Childhoodand Adolescence, in Article 305states:"Teensareimmune from criminal prosecutionand, therefore, will not be judged byordinary criminaljudges orwill applysanctions undercriminal law." Similarly, theArt306of the same bodyoflaw states: "Adolescentswho commitoffenses describedin criminal lawwill be subject tosocio-educational measures for their responsibilityin accordance with theprovisionsof this Code", thusimposinglimited sanctionsand generalto all offenses, regardlessofwhotreatedthecommission ofcrimessuch as homicideor murder, so it isimperative thata tightening ofstate responseagainst childrenis made. The Codeof Childhood andAdolescenceregulatesthe conductivebehavior ofminors,criminal liabilitynotrecognize themallows thesechildren cancommit criminal actswithout receiving thepunishment they deservefor them. That iswhy thecrimes committed byteenagers, have increasedalarminglyin recent timesin our country, becoming a social problemthatincreasinglymost concernboth itsquantitative increase, for their progressivequalitativehazard. Thiscriminalactionhas becomea feature of societiesthat have not reacheda certain levelof prosperityby various factors, be they economic,migration, and especiallythe educational Besidesknowing theprotectionism thatgives themthe Stateand the Laws, it is understandable that childrenoftenactaswrong, going againstthe rules governingsociety.Alloffensescommitted byminors areprotectedandsubject tospecial lawssuch as the Codeof Childhood andAdolescence, which is the sanctioningwithsocio-educational measures, whichactuallyfail tofulfill the purposefor which theywere created,norehabilitationforoffendersundersome circumstancessuch aslack ofrehabilitation centers forchildren and the lackof specialized staffintheir rehabilitation andreintegration into societyis achieved.Teenswho know theprotection afforded bystate andaware thatthey will notreceivecriminal conviction forthe crime committed, not preventothersfrom committing aggression.Thereforetaking intoconsideration manyaspectsof coexistence, social, cultural and legal is necessary that theCode of Childhoodand Adolescenceas appropriatepenaltiesreceived byadolescentsfor offenses committedcriminal lawsbe reformedas murderandhomicide,whichshould not be consideredas behavioralfaultsbut ascrimespenalizingequalityof criminal law, since adolescents aged 16to 18 yearsdeserve to be treatedcriminallyas adultsbecause at that agehave a conscience andwill ofwhatdo.And the protectionof the rightsof adolescentsis an imperative ofState, so istheperformance of their duties. These measureswere notgoing to solvethe conflictingproblemof violationsof minors,the aimis to lowerthe level ofcommission oftheseoffenses,in a preventive manner, sincehavingknowledge thatthey will bepunisheddrastically, improvetheir behavior andrelations with the societyto which they belong, and the state takesits obligation toprotect the livesof all citizens
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16606
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