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Título : Análisis jurídico, doctrinario y de campo de la presunción de derecho nomina licet ignorare jus dentro de la legislación penal ecuatoriana.- proyecto de reforma al código orgánico integral penal.
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Guerrero Sanchez, Angelica Maria
Fecha de publicación : 2014
Resumen : A pesar del reconocimiento expreso realizado por varios representantes del ius positivismo sobre lo “falso y convencional de la presunción de derecho”, estos coinciden en que tal ficción es necesaria “para la conservación del orden social”. Sin embargo, dicha presunción no goza de eficacia en el mundo jurídico actual y tampoco es compatible con el actual modelo de Estado constitucional de derechos planteado en la Constitución de 2008. Respecto del primer planteamiento, me atrevo a decir que la presunción de derecho analizada carece de eficacia desde el punto de vista social y jurídico. La ineficacia social se verifica al constatar conductas ajenas a la estipulada en la norma, mientras que la ineficacia jurídica se devela al no alcanzar el objetivo previamente fijado como meta. Si la presunción de derecho no logra que todos los ecuatorianos conozcamos la ley penal y nos adecuemos a la norma, podemos simplemente decir que esa premisa no se puede constatar. Si la meta es juzgar con dureza e inflexibilidad a quien no observó la norma penal para mantener el orden social, podemos afirmar que ésta tiene un elevadísimo costo que socava las mismas bases de la justicia en el sentido liberal de dar a quien lo que le corresponde, dado que no existe proporcionalidad al aplicar la misma presunción de derecho sobre realidades subjetivas totalmente diversas e independientes. El reconocimiento de elementos subjetivos que hayan viciado el conocimiento de la ley penal se hace a través de la consideración del error como institución jurídica, la cual toma en consideración la esfera subjetiva del sujeto en una situación concreta y determinada y sobre la cual el derecho penal debe hacer una valoración específica para clarificar si a su conducta le es exigible responsabilidad. La presunción de derecho nemini licet ignorare jus en el ámbito del derecho penal moderno ha sido cuestionada, debatida y en algunos casos excluida.
Descripción : Despite the explicit recognition by several representatives of ius positivism on the "false and conventional presumption of law", they agree that such fiction is necessary "to preserve the social order." However, this presumption does not enjoy effectively in today's legal world and not compatible with the current model of constitutional state of law raised in the Constitution of 2008. On the first approach, I dare say that the presumption of law lacks analyzed efficiency from socially and legally. The social inefficiency is verified by finding behaviors beyond that required by the standard, while the legal ineffectiveness is revealed to not achieve the target previously set a goal. If the presumption of law fails that all Ecuadorians know the criminal law and the rule adecuemos us, we can simply say that this assumption can not find. If the goal is to judge harshly and inflexibility who did not observe the criminal law to maintain social order, we can say that it has a high cost that undermines the very foundations of justice in the liberal sense to give one his due since there is no proportionality to apply the same presumption of law on completely different and independent subjective realities. The recognition of subjective elements that have tainted the knowledge of criminal law is made by considering the error as a legal institution, which takes into account the subjective sphere of the subject in a concrete and specific situation and that criminal law must make a specific assessment to clarify whether his conduct required of it responsibility. The presumption of law nemini licet know not jus in the field of modern criminal law has been questioned, debated and in some cases excluded.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/16137
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