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Título : Necesidad de reformar el código civil y la ley general de registro civil, identificación y cedulación, en la incorporación del divorcio administrativo
Autor : Díaz Páez, Sebastián Rodrigo
González Solis, Diana Carmita
Fecha de publicación : 2014
Resumen : El matrimonio ha sido considerado en todas las épocas como uno de los elementos fundamentales para el desarrollo de la familia y de la sociedad en general, de ahí que haya sido regulado por algunas disposiciones contenidas en diferentes cuerpos legales, en el caso de nuestro país las contenidas en el Código Civil Ecuatoriano. Sin embargo, el matrimonio ha sido considerado como susceptible de terminación por algunas causas voluntarias o legales. En nuestra legislación tenemos que el matrimonio termina:  Por la muerte de uno de los cónyuges;  Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad de matrimonio;  Por sentencia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los bienes del desaparecido; y.  Por divorcio. Dentro de las causales de terminación del matrimonio, el divorcio es una de las formas más frecuentes para poner fin a dicho vínculo, puesto que lamentablemente en la pareja se dan circunstancias que, en ocasiones, escapan al control emocional y racional de los cónyuges y el divorcio se convierte en una herramienta que puede evitar un mal mayor. Consecuentemente en nuestra legislación no se ha previsto otras variantes respecto al divorcio. En el Art. 107 del Código Civil se destaca el divorcio por mutuo consentimiento o conocido como consensual; que es cuando los cónyuges deciden disolver el vínculo conyugal por acuerdo de voluntades y que solamente procede en virtud de sentencia judicial; El art. 110 hace referencia al divorcio por causales o conocido como divorcio contencioso, que es cuando se produce por las causas expresamente determinadas en el artículo antes referido y debe ser declarado judicialmente por sentencia ejecutoriada. Los juicios de divorcio son complejos y en muchas ocasiones pueden tardarse entre seis y siete meses, pero también hay expedientes en los juzgados que tienen tres, cuatro y hasta cinco años, pues la parte que se niega recurre a estrategias legales que alargan el proceso. A eso hay que agregar el papel de los abogados, que si bien deben agilizar los trámites y seguir el curso de cada procedimiento, dejan que todo lo haga el órgano jurisdiccional. Considero que para evitar el aletargamiento en los juicios de divorcio es necesaria una reforma, algo semejante a lo que ocurre en México donde se establece el divorcio administrativo, que se lleva a cabo ante el Jefe del Registro Civil, cuando los cónyuges expresan su voluntad de divorciarse por medio de un escrito de abogado y cuando los hijos son mayores de edad o no los hay y han disuelto la sociedad conyugal o en su defecto no poseen bienes.
Descripción : Marriage has been considered at all times as one of the key elements for the development of the family and of society in general, hence it has been governed by certain provisions contained in different legal bodies, in the case of our country contained in the Civil Code of Ecuador. However, marriage has been considered susceptible to termination by some voluntary or legal reasons. In our legislation we have the marriage ends: • On the death of a spouse; • For final judgment declaring the nullity of marriage; • For final judgment granting the final possession of the goods of the deceased, and. • For divorce. Within the grounds for termination of marriage, divorce is one of the most frequent to end that link forms, since unfortunately the couple circumstances sometimes beyond the emotional and rational control of spouses and given divorce becomes a tool that can prevent a greater evil. Consequently in our legislation is not provided other variants regarding divorce. In Article 107 of the Civil Code stands divorce by mutual consent or known as consensual , that is when the spouses decide to dissolve the marriage bond by voluntary agreement , and that only comes under judgment; Art. 110 refers to divorce known as causal or contested divorce, which is when it occurs for the reasons specified in Article expressly referred to above and should be declared legally enforceable judgment. The divorce proceedings are often complex and may be delayed six to seven months, but there are also records in courts that have three , four and five years as the party refusing uses legal strategies that lengthen the process. To this we must add the role of lawyers, but should expedite the process and follow the course of each proceeding, then let all the court I consider that to avoid the sluggishness in divorce proceedings is necessary to reform, something similar to what happens in Mexico where administrative divorce that takes place before the Head of the Civil Registry is established, when the spouses express their willingness to divorce written by a lawyer and when the children are old or not exist and have dissolved the conjugal partnership or otherwise lack collateral.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15346
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