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https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15186
Título : | Incorporación del sistema braille en el rotulado mínimo de medicamentos en general y productos naturales procesados |
Autor : | Eras, Hugo Fernando Romero, Bethy Marisol |
Fecha de publicación : | 2014 |
Resumen : | La presente investigación INCORPORACIÓN DEL SISTEMA BRAILLE EN EL ROTULADO MÍNIMO DE MEDICAMENTOS EN GENERAL Y PRODUCTOS NATURALES PROCESADOS, ha sido desarrollada en base a los preceptos constitucionales y a las normas legales. La norma contemplada en el Art. 15 de la Ley Orgánica de Defensa del consumidor dice: “Rotulado Mínimo de Medicamentos.- Sin perjuicio de lo establecido en las normas especiales, los medicamentos en general y los productos naturales procesados, deberán contener información sobre: a) Nombre del producto, genérico o de marca; b) Marca comercial; c) Identificación del lote; d) Razón social de empresa; e) Contenido neto; f) Número de registro sanitario; g) Fecha de expiración o tiempo máximo de consumo; h) Lista de componentes, con sus respectivas especificaciones; i) Precio de venta al público; j) País de origen; k) Contraindicaciones; l) En cuanto a productos naturales, debe identificarse la procedencia, y si hay elementos culturales o étnicos en el origen. Por lo tanto la ausencia del sistema braille en los medicamentos y productos naturales, vemos que en ningún literal del referido artículo se incluye este sistema. La Constitución de la República garantiza el acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva y sensorial, la protección de los derechos constitucionales, así como también proclama el buen vivir, a todas las personas en las que están incluidas el grupo no vidente, por lo que se debe dar cumplimiento de las disposiciones legales. Es un derecho fundamental para las personas con discapacidad visual el acceso a una información en sistema braille en medicamentos en general y productos naturales procesados, entonces se debe cumplir con esta información con el fin de satisfacer sus necesidades oportunamente. |
Descripción : | This research INCORPORATION OF MINIMUM SYSTEM IN BRAILLE LABELING OF DRUGS IN GENERAL AND NATURAL PRODUCTS PROCESSED has been developed based on constitutional principles and legal standards. The standard referred to in Article 15 of the Organic Law on consumer says: "Minimum Labeling Drugs - Without prejudice to special rules, drugs in general and processed natural products should contain information on: a) Product name, generic or brand; b) Trade mark; c) Identification of the lot; d) Company name Company; e) Net content; f) Number of veterinary; g) Date of expiry or maximum time consumption; h) List of components with their specifications; i) Retail Price; j) Country of origin; k) Contraindications; l) As a natural product, please identify the source, and if cultural or ethnic origin in the elements. Therefore the absence of Braille on medicines and natural products, we see that in any literal of that article includes this system. The Constitution of the Republic provides access and use of all forms of visual, auditory and sensory communication, protection of constitutional rights, as well as proclaiming the good life, all the people in the group are included blind, so it must comply with the legal provisions. It is a fundamental right for people with visual disabilities access to information in Braille on drugs in general and processed natural products, then you must comply with this information in order to meet your needs promptly. |
URI : | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/15186 |
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