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Título : Necesidad de reformar la ley de comercio electrónico con la finalidad de establecer una pena contra los mensajes de datos de comunicación no solicitada de productos y servicios
Autor : Costa Cevallos, Marcelo Armando
Ruiz Falconí, Mayra del Carmen
Palabras clave : DERECHO
COMERCIO ELECTRÓNICO
MENSAJES DE DATOS
Fecha de publicación : 2014
Resumen : Actualmente lo conocemos como “spam” o correo “no deseado”, a todo tipo de comunicación no solicitada, realizada por vía electrónica. De esta forma se entiende por spam cualquier mensaje de datos no solicitado y que normalmente tiene el fin de ofertar, comercializar o tratar de despertar el interés respecto de un producto, servicio o empresa. Aunque se puede hacer por distintas vías, la más utilizada entre el público en general es mediante el correo electrónico. Esta conducta considero que es gravísima y excesivamente incomoda cuando se realiza en forma masiva. Esta práctica no se encuentra estipulada dentro de las infracciones informáticas reguladas por la Ley de Comercio electrónico, que se encuentra vigente en el Ecuador, en donde existen reformas al Código Penal en cuanto a ésta clase de infracciones nada se habla en el Ecuador. Sin embargo de ello en muchas legislaciones esto ya se encuentra regulado por ejemplo en la Ley Orgánica de Protección de Datos en España. El bajo costo de los envíos vía internet (mediante correo electrónico) o mediante telefonía móvil (SMS), su posible anonimato, la velocidad con que llega a los destinatarios y las posibilidades en el volumen de las transmisiones, han permitido que ésta práctica se realice de forma abusiva e indiscriminada. Constituye para mi punto de vista una vulneración del derecho a la intimidad, tomando en cuenta que la dirección de correo electrónico, así como el número asignado para el celular, pueden y deben ser consideradas como datos de carácter personal.
Descripción : Today we know it as "spam" or "junk mail", all kinds of unsolicited communication by electronic means. This means spam is anyunsolicited data message and usually has to offer, trade or attempt to arouse interest in a product, service or business. Although you can do in various ways, the most used among the general public is by email. This behavior think it is too serious and uncomfortable when carried in bulk. This practice is not stipulated in computer-related offenses regulated by the Law on Electronic Commerce, which is in force in Ecuador, where there are amendments to the Criminal Code regarding this kind of infractions anything spoken in Ecuador. However it many laws that are already regulated by example in the Organic Law on Data Protection in Spain. The low cost of sending via internet (e-mail) or by mobile phone (SMS), possible anonymity, speed of reaching the target andthe potential volume of transmissions, have allowed this practice is carried abusively and indiscriminate. It is to my view a breach of privacy, considering that the email address and the number assigned to the phone, can and should be regarded as personal data.
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/14965
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