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Título : Reforma al título iv de los riesgos del trabajo. Para el art. 356, con lo referente a los trabajadores no suscritos al régimen del seguro social obligatorio de riesgo
Autor : Blacio Aguirre, Galo Stalin
Ugarte Ramos, William Moisés
Palabras clave : DERECHO
REFORMA
TÍTULO IV DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO
ART. 356
Fecha de publicación : 2015
Resumen : Nuestra carta magna en la sección octava nos habla del trabajo y de la seguridad social, en su artículo 33 no dice que el trabajo es un derecho irrenunciable y además un derecho económico, como fuente de la realización personal y base de la economía del país. Como se menciona el derecho al trabajo es un deber Social, la Seguridad social es un derecho irrenunciable de todas la personas y además as un deber primordial del estado, donde se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación para atender a las personas que requieran de este servicio, ya que el estado hará efectivo el cumplimiento pleno a este derecho en toda forma de trabajo. La constitución establece que la Seguridad Social es un derecho irrenunciable, imprescriptible de todos los habitantes del Ecuador y un deber del Estado; por ello se ha establecido que todo aquel que preste un servicio ya sea físico o intelectual para otra persona, es decir para un empleador, este tendrá la obligación de brindarle la seguridad social al que tienen derecho. En nuestro país eI seguro universal obligatorio cubrirá las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía,desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley. Las prestaciones de salud de las contingencias de enfermedad y maternidad se brindarán a través de la red pública integral de salud. Sin embargo pese a que la Constitución del Ecuador, los tratados Internaciones y la ley de Seguridad social mencionan sobre la seguridad social y garantiza a las personas que laboran bajo la relación de dependencia este derecho aún se ve violentado en el artículo Art. 356 del Código de Trabajo en el que da la potestad al empleador de contratar un Seguro facultativo cuando no cuente con el seguro social obligatorio de Riesgos, cunado debe ser que cada empleador cuente con el seguro obligatorio, por estas razones se ha realizado un estudio jurídico, social para analizar esta problemática de trascendental importancia.
Descripción : Our Constitution in the eighth section letter speaks of labor and social security, Article 33 says that the work is an inalienable right and also an economic right, a source of personal fulfillment and the basis of the country's economy. As the right to work mentioned is a social duty, Social Security is an inalienable right of all the people and also as a primary duty of the state, which will be governed by the principles of solidarity, obligation, universality, equity, efficiency, subsidiarity , adequacy, transparency and participation to meet the people who need this service because the state will implement the full implementation of this right in all forms of work. The constitution states that Social Security is an inalienable right of all the inhabitants of Ecuador and a state duty; for it has been established that whoever preset service whether physical or intellectual to another person, that is for an employer, this has the obligation to provide social security to which they are entitled. In our country Ei mandatory universal insurance will cover the contingencies of sickness, maternity, paternity, workplace hazards, unemployment, unemployment, old age, disability, disability, death and those defined by the law. Health benefits of the contingencies of sickness and maternity will be provided through the comprehensive public health network. But although the Constitution of Ecuador, the international treaties and the law of social security mentioned on social security and guarantees to people who work under the dependency ratio this right still looks I violated Article Art. 356 of the Code Working in giving the authority to the employer of hiring a medical insurance if you go without compulsory social insurance Risk-law must be that every employer has the compulsory insurance for these reasons has been made legal, social study analyze this issue of vital importance
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/14662
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