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Título : NECESIDAD DE REFORMAR EL ART. 48 LITERALES E Y G DE LA LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO CON LA FINALIDAD DE IMPLEMENTAR LOS MECANISMOS TÉCNICOS Y CIENTÍFICOS QUE POSIBILITEN LA CESACIÓN DE FUNCIONES DEL SERVIDOR PÚBLICO MEDIANTE EL SUMARIO ADMINISTRATIVO
Autor : GALLARDO, JEFERSON ARMIJOS
RUIZ POMA, WALTER ANTONIO
Palabras clave : DERECHO
SERVIDOR PÚBLICO
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LEY ORGÁNICA
Fecha de publicación : 2016
Editorial : Loja, 25 de abril
Resumen : Los servidores públicos en el Ecuador engloban el conjunto de actividades de la administración pública establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, y propenden a una relación dinámica entre sociedad y Estado, donde tienen por objeto garantizar el servicio que presta el Estado a través de las diferentes instituciones Públicas a los ciudadanos. Un servidor público o un particular que cumple funciones públicas no está en capacidad de dirigir su voluntad y su inteligencia al normal desenvolvimiento de su órbita funcional si acude a trabajar bajo el efecto de bebidas alcohólicas o de sustancias estupefacientes, pues tanto aquellas como éstas afectan sus capacidades motoras, racionales y psíquicas al punto que le impiden su normal desenvolvimiento laboral. Esta situación, desde luego, constituye una clara infracción de sus deberes funcionales pues el sujeto disciplinable que voluntariamente se coloca en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias estupefacientes y que en esas condiciones acude a su lugar de trabajo, no se halla en capacidad de cumplir su rol funcional y por lo mismo se sustrae al deber de desempeñar cabalmente sus funciones como concreción del deber genérico que le asiste de cumplir la Constitución, la ley y los reglamentos. La administración pública y las leyes deben precisar que la legitimidad de esas faltas disciplinarias no se deriva del estado mismo de embriaguez del sujeto disciplinable o del hecho de encontrarse bajo el efecto de estupefacientes sino de la manera como tales estados interfieren los deberes funcionales del servidor público. Es decir, tal legitimidad se infiere no en razón de esos estados implícitamente considerados sino del hecho que el sujeto asiste al trabajo encontrándose en ellos. Se trata de una precisión fundamental pues ella hace la diferencia entre una injerencia autoritaria en un ámbito vital que sólo a la persona corresponde y una injerencia legítima que procura el adecuado desenvolvimiento de la administración y su funcionalización hacia la realización de los fines estatales 3 que es el cumplimiento de los principios que debe regirse la administración pública en la Constitución de la República del Ecuador. El legislador no solo debe tomar la decisión de configurar como falta disciplinaria el asistir al trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes sino que además acentuó el rigor del control disciplinario en los casos de reincidencia. En síntesis, lo que se demuestra en este trabajo, es que las causales de destitución e) y g) del artículo 48 de un servidor público, establecidas en la Ley Orgánica de Servicio Público, no son aplicables, y para ello es necesario, implementar mecanismos técnicos y jurídicos que permitan hacer viable su aplicación.
Descripción : The public servants in the Ecuador include the group of activities of the public administration settled down in the Constitution of the Republic of the Ecuador, and propenden to a dynamic relationship between society and State, where they have for object to guarantee the service that he/she lends the State through the different Public institutions to the citizens. A public servant or a matter that it completes public functions are not in capacity of directing their will and their intelligence to the normal development of their functional orbit if he/she goes to work under the effect of alcoholic drinks or of substances narcotics, because as much those as these affect their capacities motorboats, rational and psychic to the point that you/they impede him their normal labor development. This situation, certainly, constitutes a clear infraction of its functional duties because the trainable fellow that voluntarily is placed in state of intoxication or under the influence of substances narcotics and that under those conditions he/she goes to its working place, he/she is not in capacity of completing its functional list and for the same thing it is subtracted to the duty of carrying out its functions completely as concretion of the generic duty that you attended him of completing the Constitution, the law and the regulations. The public administration and the laws should specify that the genuineness of those disciplinary lacks is not derived of the same state of intoxication of the trainable fellow or of the fact of being under the effect of narcotics but in the way like such states interfere the functional duties of the public servant. That is to say, such a genuineness is not inferred implicitly in reason of those states considered but of the fact that the fellow attended the work being in them. It is a fundamental precision because she makes the difference among an authoritarian injerencia in a vital environment that only to the person it corresponds and a legitimate injerencia that offers the appropriate development 5 of the administration and its funcionalización toward the realization of the state ends that is the execution of the principles that the administration should be governed publishes in the Constitution of the Republic of the Ecuador. The legislator non single debit side to make the decision of configuring like disciplinary lack attending the work in state of intoxication or under the effect of narcotics but rather it also accentuated the rigor of the disciplinary control in the cases of repetition. In synthesis, what is demonstrated in this work, is that the causal of deprivation and) and g) of the article 48 of a public servant, settled down in the Organic law of Public service, they are not applicable, and for it is necessary, to implement technical and juridical mechanisms that allow to make viable their application
URI : http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/11199
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