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Título : NECESIDAD DE REGULAR LAS PENAS A LAS INFRACCIONES ESTIPULADAS EN EL TÍTULO V DE LA LEY DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS CONSIDERANDO LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA INFRACCIÓN Y LA CANTIDAD.
Autor : Dr. Manuel Salinas.
CARRIÓN CARRIÓN, JORGE LUIS
Fecha de publicación : 2010
Resumen : Infracción.- Es la transgresión a las leyes penales, indistintamente de la pena, solamente que esta se toma en cuenta para clasificarla en delito o contravención. Pena.-Es toda sanción que implica algún esfuerzo, dificultad o sufrimiento, creada por la ley penal y que se impone al infractor. Sustancia psicotrópica.- También se denomina natural o sintética, su consumo provoca el deseo de seguir consumiéndola para reencontrar la sensación de bienestar que produce. Sustancia Estupefaciente.- Es aquella cuyo uso exclusivo es tóxico en razón de la dependencia que crea en quien lo utiliza. Reseña Histórica:La producción transporte comercialización y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas han constituido desde tiempos inmemoriales una actividad que realizaban los seres humanos. El consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas ha ido a la par con la evolución de la ciencia y la sociedad, ya no en forma natural como se lo hacía en la antigüedad si no industrializada y refinada en sofisticados laboratorios, aumentando las variedades y sus propósitos. Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.- El objetivo es combatir y erradicar la producción, oferta, uso indebido y tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, para proteger a la comunidad de los peligros que se derivan de estas actividades. Procedimiento.- Para conocer, sustanciar y juzgar los delitos tipificados en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se aplicarán las normas establecidas en el Código de Procedimiento Penal. Las reglas para radicar la competencia serán las señaladas en el Código Penal. Ecuador y el Tráfico de Drogas.- Dentro del circuito ilícito de drogas, Ecuador ha sido considerado país de tránsito, además de ser vulnerable al lavado de dinero, según la Estrategia Internacional de Control de Narcóticos del Departamento de Estado de los Estados Unidos, por estar ubicado entre los dos principales países productores de hoja de coca en el mundo. Necesidad de Regular las Penas.-Contrarrestar el tráfico ilegal de drogas no debe significar seguir manteniendo una ley sancionadora inquisitoria, ambigua que busca castigar a mansalva y como un ciego dando de palos a quien la infrinja sin importar las circunstancias y dimensión de la infracción sino que es necesario emprender políticas preventivas desde el seno de la familia escuela, colegio, universidad, medios de comunicación y otros factores como el combate a la pobreza, creación de fuentes de trabajo. Como está concebida actualmente la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, viola los principios universales y constitucionales del debido proceso, la humanidad y la proporcionalidad de la pena, y la igualdad ante la Ley; toda vez que esta ha sido elaborada de acuerdo a los preceptos e intereses de países consumidores; y, existe la necesidad de crear una ley más justa y equilibrada que responda a la realidad jurídica social de nuestra gente, sumida en la pobreza y desocupación.
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