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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDra. Verónica Luzuriaga Chiriboga.en_US
dc.contributor.authorVALAREZO JIRÓN, DAVID FRANCISCO-
dc.date.accessioned2013-08-07T15:48:55Z-
dc.date.available2013-08-07T15:48:55Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/853-
dc.description.abstractLa Constitución de la República del Ecuador, como uno de los derechos de protección, conocidos comúnmente como garantías del debido proceso, establece que la Juez o Juez de Garantías Penales, de manera prioritaria aplicarán sanciones alternativas a la privación de la libertad, eso lo hará en consideración a las circunstancias de la infracción, la personalidad del infractor y las exigencias de reinserción social de la persona sentenciada. Para hacer efectiva la norma constitucional en el Código de Procedimiento Penal, encontramos algunas medidas alternativas a la prisión preventiva como medida cautelar personal, dictada para garantizar la inmediación del procesado. En la práctica penal ecuatoriana, en aplicación de las disposiciones del Código Penal, se emiten sentencias condenatorias que imponen al procesado la pena privativa de la libertad de tres meses de prisión, esta pena de ninguna forma contribuye a la rehabilitación de la persona infractora, mucho más si consideramos las deplorables condiciones en las cuales se debaten hoy en día los centros de rehabilitación sociales. La problemática de este estudio se ubica entonces en la falta de sanciones alternativas a la privación de la libertad, para que sean aplicadas a los responsables de infracciones penales sancionadas con tres meses de privación de la libertad. Para estudiar el problema planteado se realiza este estudio que cuenta con una amplia base teórica, con resultados obtenidos en un proceso investigativo de campo, conclusiones, recomendaciones y una propuesta jurídica de reforma que pretende incluir en el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, disposiciones específicas que permitan hacer efectiva la aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad, que específicamente contribuyan a lograr una verdadera rehabilitación de las personas sancionadas por infracciones cuya pena es de hasta tres meses de prisión. Este estudio pretende garantizar el cumplimiento de los objetivos de la pena, y entre ellos específicamente el de lograr la rehabilitación de la conducta de las personas infractoras, sin que éstas sean necesariamente privadas de su libertad o confinadas en los centros de rehabilitación social.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleEl SISTEMA CARCELARIO Y LA NECESIDAD DE IMPLEMENTAR EN EL CÓDIGO PENAL Y PROCEDIMIENTO PENAL, MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD EN LAS INFRACCIONES CUYA PENA SEA MENOR A LOS TRES MESES DE PRISIÓN.en_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
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