Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5999
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorGalo Blacio Aguirreen_US
dc.contributor.authorPesantes Cabrera, María Del Carmen-
dc.date.accessioned2014-03-13T14:16:35Z-
dc.date.available2014-03-13T14:16:35Z-
dc.date.issued2014-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5999-
dc.description.abstractLa Violencia en contra de la Mujer y la Familia es reconocida como una violación a los derechos humanos de las mujeres, como un problema de salud pública, justicia social e incluso de seguridad ciudadana. Es una expresión de la discriminación de la mujer, y de la posición de desigualdad que viven en nuestra sociedad. Los efectos de la violencia en contra de la mujer son devastadores si tomamos en cuenta las lesiones físicas, sicológicas, sexuales y de orden económico que presentan. La violencia intrafamiliar tiene varios tipos de violencia más específica que se pueden clasificar de acuerdo a las personas de la familia que la viven más directamente. La ley contra la violencia fue aprobada en 1995. Las normas contenidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador son obligatorias, las cuales se ven reflejadas en La ley Contra la Violencia a la Mujer en ella se ven abarca esas normas. Dentro de la ley Contra la Violencia a la Mujer y familia, o conocida también ley 103, establece algunas Medidas provisionales a favor de la víctima, como son (a) forzar al agresor a dejar la vivienda de la familia, (b) impedir al agresor acercase a la víctima, (c) evitar la persecución de parte del agresor o de una tercera persona por su instigación, (d) ordenara que la victima sea custodiada si se trata de un una menor o de una persona minusválida, entre otras, las cuales serán dictadas por las autoridades competentes de conocer los casos de violencia intrafamiliar, ya sea, física, sexual psicológica, ya que debemos recordar u tomar en cuenta que la ley, manifiesta que se considerará Se considera Violencia intrafamiliar toda acción u omisión que consista en maltrato físico, psicológico o sexual, ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar. Por lo tanto, en este trabajo se advierte la necesidad de realizar un estudio sobre la “NECESIDAD DE REGULAR LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE AMPARO CONTENIDAS EN LA LEY 103 CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER Y LA FAMILIA”en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleNecesidad de regular la aplicación de las medidas de amparo contenidas en la ley 103 contra la violencia a la mujer y la familiaen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: UED

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
María Del Carmen Pesantes Cabrera.pdf1,57 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.