Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2638
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorDR. ANGEL MEDARDO HOYOS ESCALERASen_US
dc.contributor.authorAPONTE BERECHEZ, SEGUNDO HOMERO-
dc.date.accessioned2013-10-01T22:23:36Z-
dc.date.available2013-10-01T22:23:36Z-
dc.date.issued2011-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2638-
dc.description.abstractEl Código de la Niñez y la Adolescencia establece como uno de sus principios “El interés superior del niño” y que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. El mismo cuerpo legal regula la institución jurídica de la Adopción pero dentro de su normativa concretamente en la Fase Administrativa de la Adopción no establece ningún tipo de plazo o termino para el cumplimiento de esta fase, lo que deviene en un trámite demasiado largo y engorroso, que en ciertos casos, provoca que los posibles adoptantes desistan de hacerlo, consecuentemente se perjudica a los menores que podrían ser adoptados, negándoseles la oportunidad de un hogar estable y su desarrollo integral, contraviniéndose el principio de interés superior del niño. El presente trabajo investigativo titulado: “El incumplimiento del principio de interés superior del niño en la fase administrativa de adopción”, analiza la falta de estipulación en el Código de la Niñez y la Adolescencia de un plazo perentorio para el cumplimiento de la fase administrativa de adopción; comenzando por analizar conceptualmente a la familia, sus antecedentes históricos, sus formas de constitución entre las que encontramos a la adopción institución jurídica que se aborda desde sus antecedentes históricos, sus características, efectos, principios y sobre todo la normativa jurídica que regula la adopción especialmente su fase administrativa en atención al principio constitucional de interés superior del niño; es así que a través de los referentes teóricos, con la correspondiente investigación de campo se ha determinado que: Existe un vacío legal en el Código de la Niñez y la Adolescencia respecto de la falta de un plazo para el cumplimiento de la fase administrativa de adopción que contraviene al principio del interés superior del niño, y al que deberían estar sujetas las Unidades técnicas de Adopción y los Comités de Asignación Familiar que son los encargados de llevar a cabo la fase administrativa de adopción, ya que dicho principio está orientado a satisfacer el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes por lo que las autoridades administrativas y judiciales deben de ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleEL INCUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE INTERES SUPERIOR DEL NIÑO EN LA FASE ADMINISTRATIVA DE ADOPCIONen_US
dc.typebachelorThesisen_US
dc.tipo.spabachelorThesises_Es
Aparece en las colecciones: UED

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
APONTE BERECHEZ SEGUNDO HOMERO.pdf1,97 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.