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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorCosta Cevallos, Marcelo-
dc.contributor.authorProcel Gonzalez, Segundo Vicente-
dc.date.accessioned2017-07-10T20:43:40Z-
dc.date.accessioned2017-07-10T20:43:46Z-
dc.date.available2017-07-10T20:43:40Z-
dc.date.available2017-07-10T20:43:46Z-
dc.date.issued2017-
dc.identifier.urihttp://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/19169-
dc.descriptionThe Constitution of the Republic of Ecuador acknowledges in his article 66 article 9, the right to sexual freedom of persons; and as a duty of the State in its article 46 paragraph 4, the duty to protect the children and adolescents protection and warning against all kinds of violence, abuse, exploitation, sexual or otherwise, or against the negligence which resulted in such situations. In the same way the code of children and adolescents recognize the right to freedom and sexual integrity of children and adolescents, however, we find in it some loopholes. Within this body of law, refers to sexual abuse, within the regime of prohibited sanctions to educational establishments, this 41 of the mentioned code showed it in the final paragraph of the article, this reference is inconsistent and it is off site, since sexual abuse, from any point of view can be considered as a sanction imposed on a human being. The problem arises when we look at the code of childhood and adolescence designates a description of sexual abuse, which is not defined clearly, does not explain what and how it should be classified legally. Finally in the disciplinary regime of the code on children and adolescents, is left absolutely clear that sexual abuse in educational institutions, will involve the final dismissal of the person responsible for this unlawful conduct; and the duty of the educational authorities who know of such situations, immediately put on notice to the relevant authorities for their respective sanction is not set. The foregoing exhibits a legal problem which, in summary, evidence insufficient and inadequate regulation of sexual abuse committed in educational institutions, in the code on children and adolescents, and the high incidence that this conduct has in Ecuadorian society, so an immediate reform of this body of law is required. It described in them lines previous is enough for refer it problematic that motivates this work investigative, that studies it inadequate regulation of the abuse sexual against girls, children and adolescent, committed in institutions educational, in the code of the childhood and the adolescence, concludes with an approach of reform to this code, oriented to regular and sanction of way adequate to them responsible of this conduct illicit.es_ES
dc.description.abstractLa Constitución de la República del Ecuador reconoce en su artículo 66 numeral 9, el derecho a la libertad sexual de las personas; y como deber del Estado en su artículo 46 numeral 4, el deber de proteger a las niñas, niños y adolescentes la protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones. Del mismo modo el Código de la Niñez y Adolescencia reconocen el derecho a la libertad e integridad sexual de las niñas, niños y adolescentes, sin embargo, encontramos en ella algunos vacíos legales. Dentro de este cuerpo legal, se refiere al abuso sexual, dentro del régimen de las sanciones prohibidas a los establecimientos educativos, esto lo evidenciamos en el inciso final del artículo 41 del mencionado Código, esta referencia es incoherente y está fuera de sitio, puesto que el abuso sexual, desde ningún punto de vista puede ser considerado como una sanción impuesta a un ser humano. El inconveniente surge cuando analizamos que el Código de la Niñez y la Adolescencia señala una descripción del abuso sexual, la cual no está definida en forma clara, no explica en qué consiste y como debe ser catalogada jurídicamente. Finalmente en el régimen sancionador del Código de la Niñez y la Adolescencia, no se deja absolutamente claro que el abuso sexual ejercido en las instituciones educativas, implicará la destitución definitiva de la persona responsable de esta conducta ilegal; y no se establece el deber de las autoridades educativas que conocen de este tipo de situaciones, de poner inmediatamente sobre aviso a las autoridades pertinentes para su sanción respectiva. Lo antes mencionado expone una problemática jurídica que, en resumen evidencia la insuficiente e inadecuada regulación del abuso sexual cometido en las instituciones educativas, en el Código de la Niñez y la Adolescencia, y la alta incidencia que esta conducta tiene en la sociedad ecuatoriana, por lo que es necesaria una inmediata reforma a este cuerpo legal. Lo descrito en las líneas anteriores es suficiente para referir la problemática que motiva este trabajo investigativo, que estudia la inadecuada regulación del abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes, cometido en instituciones educativas, en el Código de la Niñez y la Adolescencia, concluye con un planteamiento de reforma a este Código, orientado a regular y sancionar de manera adecuada a los responsables de esta conducta ilícita.es_ES
dc.format.extent118 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.titleEl abuso sexual cometido en instituciones educativas, propuesta de reforma al código de la niñez y la adolescenciaes_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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